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Cómo se calcula el IGV mensual: guía con ejemplos

Cómo calcular el IGV que pagas cada mes: IGV ventas menos crédito fiscal, requisitos para usar el crédito, ejemplos en soles y errores comunes.

El IGV mensual es el impuesto que más veces aparece en la vida de una mype, y su cálculo es una resta simple que la mayoría complica. La respuesta corta: cada mes restas el IGV de tus compras con derecho a crédito fiscal del IGV de tus ventas; si el resultado es positivo, lo pagas; si es negativo, arrastras un saldo a favor. Esta guía recorre el cálculo con ejemplos reales y los errores que generan deudas.

Los dos lados de la ecuación

  • IGV ventas: el IGV que trasladas en tus facturas y boletas del período. Vive en tu registro de ventas.
  • Crédito fiscal: el IGV soportado en tus compras con factura que cumplen requisitos. Vive en tu registro de compras.

El IGV a pagar del mes = IGV ventas − crédito fiscal.

Cuáles compras sí generan crédito fiscal

No toda compra da crédito. Los requisitos clásicos que debes verificar con la fuente oficial:

  1. El comprobante debe ser una factura válida (con RUC del emisor habido y datos correctos).
  2. La operación debe destinarse a operaciones gravadas (ventas con IGV).
  3. La compra debe estar anotada en el registro de compras dentro del plazo.
  4. El IGV debe estar separado de la base en el comprobante.

Las compras de consumo personal, los bienes de capital prohibidos y las operaciones a no contribuyentes no generan crédito.

Ejemplo en soles: el cálculo paso a paso

Una tienda vende mercadería por S/ 8,000.00 sin IGV en el mes, y compró mercadería por S/ 5,000.00 sin IGV más gastos de servicio con factura por S/ 500.00 sin IGV.

Paso 1 — IGV de ventas:

Concepto Importe sin IGV IGV (18 %)
Ventas del mes S/ 8,000.00 S/ 1,440.00

Paso 2 — Crédito fiscal (compras con factura):

Concepto Importe sin IGV IGV (18 %)
Mercadería S/ 5,000.00 S/ 900.00
Servicios S/ 500.00 S/ 90.00
Total S/ 5,500.00 S/ 990.00

Paso 3 — IGV a pagar: S/ 1,440.00 − S/ 990.00 = S/ 450.00.

Ese S/ 450.00 es lo que declaras y pagas dentro del cronograma del mes siguiente.

Qué pasa cuando el crédito supera al IGV de ventas

Si compraste más de lo que vendiste (por ejemplo, compraste S/ 2,000.00 sin IGV → crédito S/ 360.00 y vendiste S/ 1,000.00 sin IGV → IGV ventas S/ 180.00), el resultado es un saldo a favor de S/ 180.00. Ese saldo se arrastra a los siguientes períodos y se compensa con el IGV de meses siguientes.

El margen equivocado: no gastes “el ahorro” del saldo a favor como si fuera dinero; es una posición fiscal que SUNAT valida.

La declaración no es opcional

Aunque el resultado sea cero o saldo a favor, la declaración mensual igual se presenta dentro del cronograma. “No debo nada, no declaro” es un error que genera multas. Consulta el calendario tributario.

El registro de compras y ventas importa

El cálculo no sale de tu cabeza: sale de tu registro de compras y de tu registro de ventas. Si una factura de compra no está anotada, pierdes su crédito; si una venta no está registrada, subestimaste tu IGV. La mecánica de ambos registros está en la guía de registro de compras y ventas.

Errores comunes que inflan tu IGV

  • Usar la base con IGV incluido: el IGV se calcula sobre la base sin impuesto.
  • Olvidar una factura de compra del registro: pierdes su crédito fiscal del período.
  • Dar crédito a compras sin factura o sin RUC habido: SUNAT lo rechaza en la fiscalización.
  • Confundir saldo a favor con pagar menos renta: el IGV y la renta son calculados y pagados por separado.
  • Presentar tarde la declaración: el cronograma marca fechas por dígito de RUC.

Del IGV al cuadre completo

Cuando entiendes el IGV mensual, el resto de tu mesa fiscal se ordena sola: el mismo registro de compras sostiene tu renta, la facturación electrónica alimenta tu registro de ventas (ver la guía de facturación), y las cuentas del PCGE (la 40, por ejemplo) ya viven esos movimientos. La lógica contable se revisa en la guía de asientos.

Resumen

  1. Suma el IGV de tus ventas del mes (registro de ventas).
  2. Suma el IGV de tus compras con crédito (registro de compras).
  3. Resta: positivo se paga; negativo se arrastra.
  4. Declara siempre dentro del cronograma, aunque salga cero.

Con ese circuito —que repetirás cada mes— sabrás cuánto debes sin que tu contador tenga que sobre-avisarte cada período.

Preguntas frecuentes

¿El IGV se paga siempre aunque venda menos de lo que compré?

No. Si tu crédito fiscal supera tu IGV de ventas, el saldo a favor se arrastra para los meses siguientes o se compensa en los casos permitidos.

¿Qué compras generan crédito fiscal?

Las que cumplen los requisitos: factura válida, uso en operaciones gravadas, anotación en el registro de compras y que el emisor sea contribuyente habido, entre otros que debes confirmar.

¿Los gastos personales me sirven de crédito fiscal?

No. El crédito fiscal es para operaciones del negocio destinadas a ventas gravadas; el consumo personal no califica.

Base legal y fuentes

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