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Herramienta

Calculadora de gratificación

Estima la gratificación por Fiestas Patrias o Navidad con el bono extraordinario.

Atención: valores usados pendientes de verificación

  • Ley 30334 (bono extraordinario del 9 %). Vigencia aproximada. — TODO: verificar fecha exacta de entrada en vigencia.
  • Ley 30334 (bono extraordinario del 6.75 %). Vigencia aproximada. — TODO: verificar fecha exacta de entrada en vigencia.
  • Ley 27735 (gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad) y reglamento D.S. 005-2002-TR. — TODO: confirmar vigencia consolidada.
  • TUO de la Ley MYPE (D.S. 013-2013-PRODUCE), art. que fija la gratificación de pequeña empresa en media remuneración — TODO: verificar si el bono extraordinario de la Ley 30334 aplica a la pequeña empresa.

Resultado referencial; no reemplaza la asesoría de un contador.

Cómo funciona

La gratificación legal se paga en julio (Fiestas Patrias) y en diciembre (Navidad), según la Ley 27735 y su reglamento (D.S. 005-2002-TR). Por cada semestre completo de trabajo equivale a una remuneración mensual; con menos meses se prorratea.

Sobre ese monto se adiciona un bono extraordinario (Ley 30334): 9 % para afiliados a Essalud y 6.75 % para afiliados al SNP (ONP). El trabajador cuyos meses laborados no lleguen a cubrir un semestre completo igual recibe la parte proporcional.

El resultado es una estimación referencial. La remuneración computable y las reglas de prorrateo tienen particularidades según la fecha en que se inició la relación laboral; confirma el monto con tu contador o con SUNAT.