Herramienta
Calculadora de gratificación
Estima la gratificación por Fiestas Patrias o Navidad con el bono extraordinario.
Atención: valores usados pendientes de verificación
- Ley 30334 (bono extraordinario del 9 %). Vigencia aproximada. — TODO: verificar fecha exacta de entrada en vigencia.
- Ley 30334 (bono extraordinario del 6.75 %). Vigencia aproximada. — TODO: verificar fecha exacta de entrada en vigencia.
- Ley 27735 (gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad) y reglamento D.S. 005-2002-TR. — TODO: confirmar vigencia consolidada.
- TUO de la Ley MYPE (D.S. 013-2013-PRODUCE), art. que fija la gratificación de pequeña empresa en media remuneración — TODO: verificar si el bono extraordinario de la Ley 30334 aplica a la pequeña empresa.
Resultado referencial; no reemplaza la asesoría de un contador.
Cómo funciona
La gratificación legal se paga en julio (Fiestas Patrias) y en diciembre (Navidad), según la Ley 27735 y su reglamento (D.S. 005-2002-TR). Por cada semestre completo de trabajo equivale a una remuneración mensual; con menos meses se prorratea.
Sobre ese monto se adiciona un bono extraordinario (Ley 30334): 9 % para afiliados a Essalud y 6.75 % para afiliados al SNP (ONP). El trabajador cuyos meses laborados no lleguen a cubrir un semestre completo igual recibe la parte proporcional.
El resultado es una estimación referencial. La remuneración computable y las reglas de prorrateo tienen particularidades según la fecha en que se inició la relación laboral; confirma el monto con tu contador o con SUNAT.
